EXP. N.° 00874-2012-PA/TC Y

02763-2012-PA/TC

(ACUMULADOS)

 

 

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 3 de agosto de 2012

 

Vistos los expedientes 0874-2012-PA/TC y 2763-2012-PA/TC seguidos por Delia Huamán Quispe y otros contra la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Tacna S.A (EPS TACNA S.A.); y, Atendiendo a: Que el artículo 117° del Código Procesal Constitucional establece que "El Tribunal Constitucional puede, en cualquier momento, disponer la acumulación de procesos cuando éstos sean conexos"; Que en el Exp.0874- 2012-PA/TC, el RAC ha sido interpuesto contra la resolución emitida por la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Tacna que declaró fundada la excepción de incompetencia deducida por la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento faena S.A. EPS TACNA S.A. habiéndose elevado a este Tribunal el Cuaderno de Apelación y realizado la vista de la causa Con la intervención de la Sala Primera conformada por los magistrados Álvarez Miranda, Urviola Hani y Beaumont Callirgos; Que en el Exp. 2763-2012-PA/TC, el RAC se interpuso contra la resolución emitida por la misma Sala Superior que declaró improcedente la demanda, habiéndose elevado el expediente principal al Tribunal Constitucional y realizado la vista de la causa con la intervención de la Sala Primera conformada por los magistrados Álvarez Miranda, Urviola Hani y Calle Hayen y; advirtiéndose que en ambos expedientes, las partes son las mismas y que versan sobre una misma demanda de amparo interpuesta por Doña Delia Huamán y otros contra EPS TACNA; Se dispone: 1) Acumular el expediente 2763-2012-PA (cuaderno principal) al expediente 0874-2012-PA/TC (cuaderno de apelación), por tener este último el registro de ingreso más antiguo, debiendo llamarse en adelante Exp. Acumulado N° 0874-2012- PA/TC; 2) Dejar sin efecto la vista de la causa del expediente 2763-2012-PA realizada el 13 de agosto de 2012 y señalar nueva fecha y hora para la vista de la causa en el Exp. Acumulado N° 874-2012-PA/TC con la intervención de la Sala Primera, integrada por los magistrados Álvarez Miranda, Urviola Hani y Beaumont Callirgos notificándose a las partes a través del portal electrónico del Tribunal Constitucional y/o en la dirección electrónica que haya sido señalada en el escrito de apersonamiento.

 

Notifíquese y Publíquese.

 

 

S.S.

 

ÁLVAREZ MIRANDA

URVIOLA HANI

BEAUMONT CALLIRGOS

CALLE HAYEN