EXP. N.° 02277-2012-PA/TC

JUNÍN

ÓSCAR CARLOS

VELÁSQUEZ PALOMINO

           

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 13 de marzo de 2013

 

VISTO

 

El recurso de apelación interpuesto por don Óscar Carlos Velásquez Palomino contra la resolución de fojas 38, su fecha 2 de abril de 2012, expedida por la Segunda Sala Mixta de Huancayo de la Corte Superior de Justicia de Junín, que rechazó liminarmente la solicitud de recusación formulada; y,

 

ATENDIENDO A

 

1.      Que el presente es un incidente de recusación al señor Juez Superior Corrales Melgarejo, derivado del proceso de amparo seguido por el recurrente contra la Asociación de Comerciantes Santa Rosa de Prolongación Ica N.º 184, Huancayo, Exp. N.º 00962-2011-0-1501-JR-CI-06.

 

2.      Que la resolución N.º 16, de fecha 16 de abril de 2012, resuelve declarar improcedente la apelación solo en el extremo de los numerales 1) y 2) de la resolución N.º 13 y concedieron el recurso de apelación solo en el extremo del numeral 3) de la resolución Nº 13 “para cuyo efecto FORMESE el cuaderno respectivo; en consecuencia ELÉVESE al Tribunal Constitucional” .

 

3.      Que en virtud al artículo 18º del Código Procesal Constitucional, concordante con el artículo 202º, inciso 2) de la Constitución Política del Perú, el Tribunal Constitucional está facultado para conocer en última y definitiva instancia las resoluciones denegatorias de hábeas corpus, amparo, hábeas data y acción de cumplimiento. De autos se desprende que al no haberse denegado la demanda, sino más bien una solicitud de recusación, el Tribunal Constitucional no es competente para resolver el presente caso.

 

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú

 

RESUELVE

  

1.        Declarar NULO el concesorio de apelación y la elevación al Tribunal Constitucional del incidente de recusación  obrante a fojas 65, su fecha 16 de abril de 2012.

 

2.        Ordenar la devolución de los actuados a la Segunda Sala Mixta de Huancayo de la Corte Superior de Justicia de Junín, para que proceda con arreglo a ley.

 

Publíquese y notifíquese.

 

 

SS.

 

URVIOLA HANI 

VERGARA GOTELLI 

MESÍA RAMÍREZ 

BEAUMONT CALLIRGOS 

CALLE HAYEN 

ETO CRUZ

ÁLVAREZ MIRANDA