EXP. N.° 03002-2012-PHC/TC
LIMA
CARLOS ALBERTO
GUFFANTI MEDINA
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 11 de diciembre de 2012
VISTO
El pedido de nulidad interpuesto por don Carlos Guffanti Medina contra la resolución de autos, su fecha 14 de setiembre de 2012; y,
ATENDIENDO A
2. Que la resolución de autos declaró improcedente la demanda porque este Colegiado consideró que su pedido no estaba referido al contenido objeto de la materia de tutela del proceso constitucional de hábeas corpus.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de reposición.
Publíquese y notifíquese.
SS.
BEAUMONT CALLIRGOS
MESÍA RAMÍREZ
ETO CRUZ CILB