EXP. N.º 04554-2012-PA/TC

LIMA

JOSÉ JOAQUÍN ZAK VITA 

 

 

RESOLUCIÓN DE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 8 de mayo de 2013

 

VISTO

 

            El escrito presentado el 12 de diciembre de 2012 por don José Joaquín Zak Vita,  mediante el cual solicita su desistimiento del presente proceso de amparo seguido contra el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre y el Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre; y,

 

ATENDIENDO A 

           

1.        Que conforme a lo previsto por el artículo 49° del Código Procesal Constitucional, en el proceso de amparo es procedente el desistimiento del proceso. Asimismo, el artículo 37° del Reglamento Normativo de este Tribunal establece que “Para admitir a trámite el desistimiento debe ser presentado por escrito con firma legalizada ante el Secretario Relator  del Tribunal Constitucional, Notario o, de ser el caso, el Director del Penal en el que se encuentre recluido el solicitante”. 

 

2.        Que examinado el desistimiento formulado por el demandante, se aprecia que su pedido cumple con las exigencias indicadas en el considerando precedente, toda vez que el actor ha cumplido con legalizar su firma ante el secretario relator, como consta a fojas 14 del cuadernillo del Tribunal Constitucional.

 

3.        Que, de conformidad con lo previsto en los artículos 340º y 343º del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria al presente caso, el escrito de desistimiento fue puesto en conocimiento de la parte demandada, quien a pesar del tiempo transcurrido y haber sido notificado debidamente como consta de fojas 21 y 26 respectivamente del cuaderno del Tribunal Constitucional, no ha dado a conocer su oposición o conformidad con el desistimiento dentro del plazo que le concede la ley; por lo que ahora, en su rebeldía, se resuelve de conformidad con el artículo 343º del Código Procesal Civil

 

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú

 

RESUELVE

 

Tener por desistido a don José Joaquín Zak Vita del presente proceso de amparo que sigue contra el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre y el Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre; en consecuencia, se da por concluido el proceso.

 

Publíquese y notifíquese.

 

 

SS.

 

URVIOLA HANI

VERGARA GOTELLI

CALLE HAYEN