EXP. N.° 0023-2013-Q/TC y 0061-2013-Q/TC

LIMA

CARLOS MANUEL SANCHEZ PORTILLA

 

 

 

 

Lima, 21 de enero de 2014

 

 

            Vistos los expedientes 0023-2013-Q/TC y 0061-2013-Q/TC; y considerando, que el artículo 117° del Código Procesal Constitucional establece que "El Tribunal Constitucional puede, en cualquier momento, disponer la acumulación de procesos cuando éstos sean conexos"; que, en el caso de autos, el Exp. N.° 0061-2013-Q/TC se formó como consecuencia del recurso de queja que presentó el recurrente don Carlos Manuel Sanchez Portilla el 22 de enero de 2013 ante la Sala de Derecho Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, la que, a su vez, remitió el recurso a esta instancia el 26 de marzo de 2013; que, el expediente precitado se asignó a la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, integrada por los magistrados Urviola Hani, Mesía Ramírez y Eto Cruz; que, sin embargo, don Carlos Manuel Sanchez Portilla, con fecha 24 de enero de 2013, presentó en esta instancia el mismo recurso de queja, formándose el Exp. N.° 0023-2013-Q/TC, el cual también fue asignado a la Sala Segunda, conformada por los magistrados Mesía Ramírez, Eto Cruz y Álvarez Miranda; por lo que, se dispone: acumular el Exp. N.° 0061-2013-Q/TC en el N.° 0023- 2013-Q/TC, que registró primero este Tribunal, con conocimiento de la Sala Segunda, integrada por los magistrados Mesía Ramírez, Eto Cruz y Álvarez Miranda y, consecuentemente, se deja sin efecto lo actuado en el Exp. N.° 0061-2013-Q/TC.

Publíquese y Notifíquese.

 

 

 

SS.

 

URVIOLA HANI

MESÍA RAMÍREZ

ETO CRUZ

ÁLVAREZ MIRANDA