EXP.
N.° 05870-2013-PA/TC
LIMA
GREGORIO
CCANTO LULO
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 15 de enero de 2014
VISTOS
Los escritos presentados por el demandante don
Gregorio Ccanto Lulo el 21 y 27 de noviembre de 2013,
en el proceso de amparo de autos iniciado contra la Empresa Municipal de
Mercados (EMMSA) y otros;
ATENDIENDO
A
1.
Que don Gregorio Ccanto
Lulo, mediante sus escritos aludidos, solicita su desistimiento del proceso de
amparo de autos.
2.
Que el artículo 49° del Código Procesal
Constitucional prescribe, entre otras cosas, que en el amparo es procedente el
desistimiento; y en el artículo 37° del Reglamento Normativo de este Tribunal
se ha precisado que "Para admitir a trámite el desistimiento debe ser
presentado por escrito con filma legalizada ante el Secretario Relator del Tribunal
Constitucional, Notario o, de ser el caso, el Director del Penal encuentre
recluido el solicitante". En el caso de autos, el citado escrito presentado el 21 de noviembre de 2013 contiene
la firma del demandante legalizada ante notario.
3.
Que en atención de lo previsto en el artículo 343°,
primer párrafo, del Código Procesal Civil —aplicable supletoriamente en virtud
del Artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional—, el
pedido de desistimiento se puso en conocimiento de los demandados, como consta
de las cédulas de notificación respectivas. Al respecto, la codemandada EMMSA
mediante escrito presentado el pasado 9 de enero de 2014, manifestó "[su]
conformidad con el desistimiento formulado" y los demás codemandantes, en el plazo que se les concedió no han
expresado oposición alguna. Siendo ello así, corresponde aceptar el desistimiento
en mención.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional
con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú
RESUELVE
Tener por desistido a don Gregorio Ccanto Lulo del proceso de amparo de autos, seguido contra
la Empresa Municipal de Mercados (EMMSA) y otros, dándose por concluido el
proceso.
Publíquese y notifíquese.
SS.
VERGARA
GOTELLI
MESÍA
RAMÍREZ
CALLE
HAYEN