Límites de las sentencias interpretativas (fundamento 60 y 61):
a) No vulnerar el principio de separación de poderes;
b) Que no exista mas de una manera de cubrir el vació normativo;
c) Cuando sean imprescindibles a fin de evitar la inconstitucionalidad;
d) Razones y fundamentos normativos debidamente argumentados ; y
e) Mayoría calificada de los miembros del Tribunal Constitucional |