Notas de prensa

Lima - marzo 20, 2017

PERÚ HA DEMOSTRADO COMPROMISO EN LUCHA CONTRA LA IMPUNIDAD

El presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), Roberto Caldas, afirmó que el uso efectivo del control de convencionalidad es un elemento clave para la ejecución de lo ordenado en las sentencias del órgano supranacional, particularmente para la implementación de las medidas de reparación determinadas por esta, así como para la adecuación de los criterios y estándares sobre derechos humanos.

Explicó que el control de convencionalidad es una institución jurídica del sistema interamericano de protección de Derechos Humanos. Indicó que es una obligación estatal ejercida a través de todos sus órganos, incluidos sus jueces y demás órganos vinculados a la administración de justicia en todos los niveles, cuyo fin principal es el garantizar el efecto útil de la Convención Americana.

Caldas dijo que cuando una sentencia es emitida, la efectiva protección de los derechos humanos no es automáticamente garantizada, de allí la importancia y la trascendencia del control de convencionalidad.

La relación de la Corte IDH con el Perú

El juez brasilero, quien llegó al Perú invitado por el Tribunal Constitucional (TC), para dictar la conferencia “El Control de Convencionalidad por las jurisdicciones nacionales” y firmar un convenio específico de cooperación, sostuvo que la Corte IDH  ha establecido importante jurisprudencia que ha permitido ampliar los derechos humanos de los peruanos y las peruanas, así como ha influido en la adopción de políticas públicas.  “El  Estado peruano ha acogido diversos estándares internacionales existentes del sistema interamericano”, anotó.

Señaló que nuestro país ha demostrado compromiso en la lucha contra la impunidad, por ejemplo, al usar el criterio de la Corte IDH para limitar la utilización de la jurisdicción militar y dejar sin efecto la ley de amnistía para graves violaciones a los derechos humanos. Recordó que el Perú es el país sobre el cual la Corte IDH ha resuelto más casos en su contra.

La relación con el TC

Sobre la relación entre la Corte IDH y el TC dijo que esta tiene una doble vertiente. Por un lado reparadora y otra preventiva, ya que mediante su observancia se evitan las nefastas consecuencias institucionales que acarrean las sentencias condenatorias de la Corte IDH para la seguridad jurídica del Estado peruano.

Caldas destacó la iniciativa académica del TC de invitarlo a dictar una conferencia porque esta fomenta el diálogo entre magistrados e incluso las Cortes.

Remarcó que la Corte IDH es el tribunal de las Américas, y como tal pertenece a cada una de las personas, no se trata de una Corte extranjera. Sus decisiones forman parte del ordenamiento jurídico nacional por tanto, este tribunal y su jurisprudencia les pertenece. Los invito a conocerla, discutirla, analizarla y criticarla, con el fin de trabajar mano a mano con nosotros en la efectiva protección de los derechos humanos.

Consensos básicos

Por su parte, el magistrado Eloy Espinosa Saldaña Barrera, quien expuso conjuntamente con el doctor Caldas, consideró la necesidad de construir un Derecho común que responda a las pautas de un diálogo multinivel que genere consensos básicos en función del principio pro homine. Dicho con otras palabras, que la interpretación jurídica siempre vaya a favor de la persona, el ser humano.

Sostuvo que las sentencias de una Corte supranacional tienen que ser muy completas, pero a veces por ser muy completas se hacen muy difíciles de ejecutar. Hay quienes dicen que se pide demasiado y que se va contra la soberanía de los Estados.

“El gran esfuerzo en el diálogo es buscar cómo asegurar que las sentencias tengan situaciones que, sancionando puedan materializarse y cumplirse, y que, lo que ya está establecido como sanción, veamos qué realistamente se puede cumplir”, afirmó.

Sostuvo que la jurisprudencia de la Corte IDH ha sido muy valiosa para el TC, ahora que nos encontramos en un proceso de fortalecimiento de parámetros constitucionales. Resaltó que el TC ha dictado diversas sentencias referidas a políticas públicas, plazo razonable, debido proceso, derecho electoral y otras, siguiendo la jurisprudencia de la Corte IDH y la Convención Americana de Derechos Humanos.

Convenio

De otro lado, el acuerdo específico de cooperación suscrito por el presidente del TC, Manuel Miranda Canales y el presidente de la Corte IDH, tiene como uno de sus principales propósitos la realización de visitas profesionales de personal jurisdiccional y funcionarios del TC en la secretaría de la Corte IDH en San José de Costa Rica.

Dichas visitas están orientadas a brindar al profesional la oportunidad de realizar labores relacionadas al sistema interamericano de protección de los Derechos Humanos, participar en el trabajo judicial, así como adquirir conocimientos de jurisprudencia de la Corte y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Miranda Canales destacó que el acuerdo promueva además la promoción de publicaciones conjuntas. Explicó que el TC difundirá en su página web los cuadernillos jurisprudenciales de la Corte IDH, así como los boletines de jurisprudencia. Del mismo modo, hará conocer a sus magistrados y personal del área legal los resúmenes de las sentencias de la Corte IDH o comunicados de prensa relevantes.

Lima, 20 de marzo de 2017

Video de la conferencia ofrecida por el presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Roberto Caldas