Notas de prensa

Lima - enero 26, 2016

TC ACLARA QUE SU SENTENCIA SOBRE LA LEY UNIVERSITARIA SE CIRCUNSCRIBE A ANALIZAR LA CONSTITUCIONALIDAD DE LAS COMPETENCIAS DE LA SUNEDU

Al resolver el pedido de aclaración presentado por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima, el Tribunal Constitucional (TC) señaló que en la sentencia recaída en el proceso de inconstitucionalidad de la Ley Universitaria se circunscribe a analizar la constitucionalidad de las competencias de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).

Así, en la resolución publicada en su portal web institucional, referida a los Expedientes N.os 0014-2014-PI/TC, 0016-2014-PI/TC, 0019-2014-PI/TC y 0007-2015-PI/TC (acumulados), el TC consideró que la sentencia emitida el 10 de noviembre de 2015 “es suficientemente clara en el sentido que la Disposición Complementaria Transitoria Primera de la Ley Universitaria no vulnera el artículo 2, inciso 17, de la Constitución o algún otro precepto constitucional”.

En efecto, al haberse declarado conforme a la Constitución la disposición de la Ley Universitaria relacionada al proceso de adecuación del gobierno de la universidad pública, se señaló que la determinación de cuestiones prácticas que puedan derivarse de ello (como la fijación de una fecha límite para la designación de las nuevas autoridades universitarias) constituye una materia ajena a las competencias del Tribunal Constitucional dentro de un proceso de inconstitucionalidad, como el que ha sido puesto en conocimiento de este Colegiado.

En ese sentido, corresponderá al Poder Judicial, a través del juez de ejecución respectivo, emitir un pronunciamiento específico sobre la aplicación concreta de las disposiciones y funciones cuya constitucionalidad se ha confirmado, tal como ya ha sucedido en el Expediente 15218-2015-0-1801-JR-CI-05 (acumulados 15641-2015 y 20238-2015), al que hace referencia la resolución de aclaración.

Es preciso señalar que los magistrados Blume Fortini y Sardón de Taboada no participaron en la presente resolución de aclaración, al no haber suscrito ambos la sentencia en mayoría.

Como se sabe, mediante escrito de fecha 17 de noviembre de 2015, el Colegio de Abogados de Lima solicitó que se aclare la sentencia emitida en este caso, en lo referido a la designación de las nuevas autoridades y el cese de las autoridades universitarias vigentes.

 

Lima, 26 de enero de 2016