Notas de prensa

Lima - diciembre 10, 2019

71º aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948 – 2019)

Palabras del Presidente del Tribunal Constitucional del Perú Magistrado Ernesto Blume Fortini

En el 71º Aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, considero indispensable hacer una declaración que reafirme nuestro compromiso con los derechos humanos, derechos de la persona o derechos fundamentales.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos nació para acabar con el odio, así como con el uso y la manipulación cotidiana del ser humano, que eran uno de los peores males en el siglo XX; males que sobreviven en el siglo XXI cuando se promueve el odio desde los Estados, los gobiernos y algunos sectores de raíz totalitaria.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos considera al ser humano como un fin en sí
mismo, lo que está consagrado en nuestra Constitución cuando su artículo 1º señala claramente “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”.

El Tribunal Constitucional es una institución autónoma e independiente del Estado peruano, cuya función es la defensa de la Constitución y la interpretación de la constitucionalidad de las leyes, así como la defensa de los derechos humanos, definidos como universales, sin rostro, sin color de piel, clase o grupo social, nacionalidad, filiación política o religiosa, sexo o cualquier otro factor que implique una forma de exclusión, maltrato o discriminación de la persona humana.

Como presidente del Tribunal Constitucional afirmo de manera clara y transparente, que los peruanos tenemos que elevarnos por encima de los odios, las pasiones, las intrigas y los métodos que colisionan con el respeto a la persona humana y sus derechos fundamentales.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos señala en su Artículo 11, numeral (1) que “Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a ley y en juicio público en el que le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa” y agrega en su numeral (2) ”Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional.”.

Recordar, reafirmar, vivir en los derechos humanos y encarnarlos en la vida diaria es una conducta que debemos incorporar y convertir en un hábito permanente.

Finalmente, enfatizo, que todos los peruanos tenemos el deber de luchar contra la corrupción, pero que esa lucha debe ser constitucionalizada. Es decir, hacerse en forma justa y respetando a la persona humana.

La lucha inquebrantable contra la corrupción tendrá éxito en la misma medida que tenga éxito el respeto a la persona humana y a sus derechos.

Lima, 10 de diciembre de 2019.