El Vicepresidente del Tribunal Constitucional, magistrado Carlos Mesía Ramírez, expresó hoy su preocupación por lo que podría ser un error del Congreso de la República, cuando el 28 de mayo al aprobar la Ley Nº 29364 que modifica diversos artículos del Código Procesal Civil, en la Segunda Disposición Final, deroga los dos últimos párrafos de artículo 51 de la Ley Nº 28237, Código Procesal Constitucional.
Lo grave del asunto radica en que esta derogatoria deja en el limbo a los litigantes, pues el mencionado artículo se refiere a que las demandas en los Procesos de Amparo contra Resoluciones Judiciales deben ser presentadas ante las Salas Superiores del Poder Judicial, y la Ley derogatoria en cuestión, no indica cuál es ahora el órgano competente para este trámite.
De manera que, cuando los litigantes lleven sus demandas ante estas instancias ya no podrán ser admitidas y lo mismo ocurrirá ante los jueces constitucionales en primera instancia, expresó.
«Creemos que se trata de un lamentable error, que impide que este tipo de procesos no puedan interponerse, ni mucho menos llegar, en última instancia al Tribunal Constitucional, para su respectivo control», subrayó.
Mesía invoca al Legislativo reparar este error en el breve plazo, pues se estaría atentando contra derechos fundamentales como el debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva, entre otros, poniendo en riesgo la seguridad jurídica en el país, señaló.
Lima, 04 de junio de 2009