Notas de prensa

- mayo 11, 2012

SENTENCIA DEL TC QUE PONE FRENO A UNA PRÁCTICA IRREGULAR EN EL SISTEMA DE TERCERIZACIÓN LABORAL ES DESTACADA POR ABOGADO LABORALISTA

El fallo del Tribunal Constitucional que ordena incluir en planilla a los trabajadores de una empresa prestadora de servicios de tercerización es de gran importancia para el mercado del régimen laboral de tercerización, señaló el destacado abogado laboralista Ricardo Herrera Vásquez.

Agregó que la autoridad de trabajo encontró suficientes elementos para considerar que en el presente caso, produjo un fraude, puesto que la empresa cliente disponía e impartía órdenes y proporcionaba suministros y equipos pertenecientes a la empresa tercerizadora, lo que prohíbe la ley.

El especialista dijo en el programa “Rumbo Económico” del Canal 8, que el tema resuelto por el TC es muy importante para el mercado laboral de la tercerización, donde el 10% de la masa laboral trabaja bajo este sistema y que en el caso concreto, se desnaturalizó el contrato de tercerización por lo que procedía la aplicación de la primacía de la realidad, independientemente de lo que se diga en el contrato.

En efecto, el Tribunal Constitucional ordenó a la empresa  EDELNOR S.A.A. incorporar a trabajadores sindicalizados a su planilla, bajo apercibimiento de aplicarse los apremios previstos en el Código Procesal Constitucional, al haberse acreditado que la contratación de la empresa de servicios CAM PERU S.R.L., se hizo mediante simulación para transferir trabajadores a esta empresa de servicios, la mayoría de ellos sindicalizados.

De esta manera se puso freno a este sistema que lejos de ser la solución para promover el empleo y competitividad empresarial, en muchos casos, se cometen excesos que es necesario corregir.  Así lo entendió el Tribunal, al declarar fundada la demanda de amparo Nº 02111-2010-PA/TC, interpuesta por el Sindicato Unificado de Trabajadores de la Electricidad y Actividades Conexas de Lima y Callao (SUTREL), contra EDELNOR S.A.A.

 

Lima, 11 de mayo de 2012