Notas de prensa

Lima - noviembre 1, 2003

EL TC EJERCE EL PODER CORRECTOR PARA EVITAR ABUSOS DEL PODER

El presidente del Tribunal Constitucional, (TC), Javier Alva Orlandini, sostuvo que el Organismo que preside ejerce en la práctica el poder corrector y el control de la constitucionalidad con la finalidad de evitar los excesos o abusos de poder, es en esencia -dijo-, el defensor de los derechos humanos en toda su amplitud, de modo que siempre está vigilante para que las leyes u otras normas de igual jerarquía, nunca rebasen la Constitución, corrigiendo los errores mediante las acciones de garantías.

Alva Orlandini hizo esta afirmación en un pasaje de la Conferencia Magistral que ofreció en la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad «Alas Peruanas». Recordó que fue la famosa sentencia dictada en l803 por la corte del Juez Marshall en los Estados Unidos, la que marcó el inicio de lo que hoy se conoce como el Derecho Constitucional, hecho que se consolidó en l920 cuando se dictaron casi simultáneamente, las constituciones de Austria y Checoslovaquia, que crearon sus respectivos Tribunales Constitucionales.

Sin embargo, esta ola de reforzamiento de defensa de los derechos fundamentales sufre sus primeros embates en la segunda guerra mundial a cuyo término surgen las dictaduras, por que los Tribunales Constitucionales son incompatibles con las autocracias, reiteró el presidente del Tribunal Constitucional.

En otro pasaje de su exposición Alva Orlandini hizo referencia a las sentencias, emitidas por el Tribunal Constitucional del Perú que podrían considerarse emblemáticas por su particular importancia, como aquella en que poniendo freno al abuso del derecho, resolvió reponer en sus puestos de trabajo a varios centenares de trabajadores injustamente despedidos por el empresa Telefónica del Perú. Esta sentencia fue acremente criticada por algunos sectores, pero al final se impuso la justicia, en armonía con el Protocolo de San Salvador y la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que permite a los trabajadores el derecho a una indemnización o la reposición cuando se dan los presupuestos del despido incausado o nulo.

Alva Orlandini dijo que el TC no propicia la estabilidad laboral absoluta, por que somos conscientes que el porcentaje de desempleo es muy alto, por lo que es necesario ser flexibles, pero de ninguna manera se puede permitir que los trabajadores sean considerados como una cosa, en ese sentido, la aplicación del Decreto Legislativo 728 que permite el despido de trabajadores, debe interpretarse correctamente, sin llegar al abuso del derecho, reiteró.

Lima, 01 de noviembre del 2003