Notas de prensa

Lima - febrero 5, 2009

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ESTABLECE PARAMETROS SOBRE SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL

Por primera vez el Tribunal Constitucional (TC) determinó los estándares de derechos humanos y de derechos del niño que un sistema de responsabilidad penal juvenil debe cumplir.

En este fallo (Exp. Nº 03247-2008-PHC/TC) se rechazó un recurso de hábeas corpus solicitando la libertad de un adolescente procesado bajo el sistema de administración de justicia especializada del Código de los Niños y Adolescentes.

El TC considera que la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 representa un cambio de paradigma, al superar doctrinas paterno-autoritarias por un sistema de protección integral en la cual prevalece el interés superior del niño. Este interés tiene como eje la concepción del niño como un sujeto de derechos pero con obligaciones, de acuerdo a su edad y nivel de desarrollo.

De esta forma, una ley de responsabilidad penal juvenil es jurídicamente compatible con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, siempre y cuando dicho sistema cuente con normas que especialmente regulen esta materia, que tenga una naturaleza garantista, de respeto al imperio de la ley y cuya aplicación recaiga en instituciones especialmente diseñadas para este fin.

El TC estima que la privación de la libertad del niño es posible como una medida de último recurso, a través de un proceso que garantice el debido proceso y acceso a la justicia, teniendo como marco el respeto a: (i) el principio de igualdad y no discriminación; (ii) el derecho de la dignidad del niño; (iii) el respeto a la opinión del niño; y (iv) el derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo.

El Código de los Niños y Adolescentes reconoce principios especiales para asegurar el respeto a los derechos del adolescente, incluyendo la excepcionalidad de las medidas de privación de libertad e internamiento, la adopción de medidas socio-educativas; y el respeto a los derechos de defensa, garantías procesales, así como la confidencialidad y reserva del proceso.

El TC no ignora la realidad del país en la cual la delincuencia juvenil se ha convertido en un problema de inseguridad ciudadana. Sin embargo, enfatiza que ningún sistema de responsabilidad penal juvenil solucionará esta situación sin el desarrollo de políticas de prevención que logre socializar e integrar a los niños con sus familias, con su colegio y con su comunidad.

Finalmente, el TC reitera la obligación prioritaria que tiene tanto la sociedad como el Estado en la adopción e implementación de políticas públicas en materia de educación, salud, cultura, seguridad pública, y servicios públicos básicos en materia de infancia y adolescencia.

Lima, 05 de febrero de 2009