El Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por don Gonzalo Tuanama y más de ocho mil ciudadanos, contra el Decreto Legislativo Nº 1020, por considerar que es conforme a la Constitución y promueve la promoción de la organización de los productores agrarios y la consolidación de la propiedad rural para el crédito agrario. Así lo precisa en la sentencia recaída en el Expediente Nº 0027-2009-PI/TC.
El Tribunal señala que el cuestionado Decreto Legislativo fue emitido en el marco de las facultades otorgadas por el Congreso de la República, mediante la Ley Nº 29157 y gira en torno a un ámbito específico: el crédito agrario, es decir, sobre operación vinculada al ámbito del sistema financiero; materia que a entender del Tribunal no constituye un aspecto relevante que implique una afectación directa a los pueblos indígenas, en relación a la protección reforzada que supone el derecho de consulta, de modo que el Decreto legislativo en cuestión, no afecta este derecho, como alegan los demandantes.
Sobre el caso particular, cabe precisar que el Congreso de la República actuando de acuerdo a la Constitución, mediante la citada Ley delegó al Poder Ejecutivo la facultad de legislar sobre diversas materias para facilitar la implementación del Acuerdo de Promoción Comercial Perú-Estados Unidos y el apoyo a la competitividad económica para su aprovechamiento.
Los demandantes consideran que el precitado Decreto Legislativo impone a los Gobiernos Regionales un mandato al constituir un fondo y fideicomisos, afectando su autonomía política y económica, entre otras competencias.
El tribunal observa que la norma cuestionada precisa lo siguiente: “Autorízase a cada Gobierno Regional a constituir fideicomisos en las entidades del sistema financiero nacional”, precisando que el Fondo es un patrimonio administrado en fideicomiso por el Banco Agropecuario AGROBANCO.
De lo expuesto se infiere que las mencionadas normas no imponen un mandato a los Gobiernos Regionales, sino que permiten su participación, concretizando lo previsto en la Constitución, que refiere que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentando las inversiones, entre otros.
Lima, 14 de abril de 2011