Al haberse comprobado la renuencia de la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) de Huaraz en cumplir con el pago a una demandante de la suma de S/. 33,627.17, por concepto de intereses legales de la bonificación especial establecida por el Decreto de Urgencia 037-94, el Tribunal Constitucional (TC) ordenó el cumplimiento de dicho pago, mandato contenido en la Resolución Directoral 5163-2017-UGEL-Hz.
La Sala Segunda del TC declaró fundada en parte, la demanda de cumplimiento (Exp. N° 04882-2019-PC/TC) interpuesta por doña Julia Natalia Maguiña Palacios Vda. de Palacios en contra de la UGEL huaracina. Además, declaró improcedente el pago de intereses legales y costas procesales.
Mediante la referida resolución directoral, de 16 de octubre de 2017, la Dirección de Programa Sectorial III de la UGEL-Huaraz, reconoce a favor de la demandante, en su condición de cónyuge sobreviviente de don Josué Enrique Padilla Cubillas, quien fue trabajador administrativo, la deuda ascendente a S/ 33, 627.17 por concepto de los intereses legales de la bonificación especial establecida por el Decreto de Urgencia 037-94.
Lima, 24 de marzo de 2022
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