Notas de prensa

Lima - marzo 11, 2010

TC CONFIRMA QUE LA LEY SOBRE LÍMITES MÁXIMOS DE CAPTURA POR EMBARCACIÓN ES CONSTITUCIONAL

En la sentencia de inconstitucionalidad recaída en los Expedientes Acumulados N.os 00026-2008-PI/TC y 0028-2008-PI/TC, el Tribunal Constitucional ha confirmado que los Decretos Legislativos N.os 1027, 1047 y 1084, emitidos con la finalidad de implementar el TLC suscrito con los Estados Unidos, son constitucionales porque el Poder Ejecutivo no los expidió en exceso de las facultades delegadas mediante Ley 29157.

En tal sentido, el Tribunal precisó que el Decreto Legislativo N.º 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, es constitucional porque su regulación es conforme con las materias delegadas, como lo es, el fortalecimiento institucional y la modernización del Estado; y porque, en la Constitución no existe reserva para que la regulación de la organización y funciones de los Ministerios sea hecha mediante una ley del Congreso.

De otra parte, el Tribunal para desestimar el alegato de inconstitucionalidad formal de los Decretos Legislativos N.os 1027 y 1084, recordó que la reserva de ley orgánica para la fijación de las condiciones de utilización y otorgamiento a particulares de los recursos naturales, renovables o no renovables se encuentra materializada en la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, por lo que resulta constitucional que los derechos para el aprovechamiento de cada recurso natural sea realizado mediante los decretos legislativos mencionados.

Con relación al Decreto Legislativo Nº 1084, que aprobó los límites máximos de captura por embarcación, el Tribunal señaló que la regulación contenida en él también es compatible con una de las materias específicas que fueron delegadas por la Ley 29157, como es la mejora del marco regulatorio del sector pesquero en lo que respecta a los recursos de anchoveta y anchoveta blanca.

Asimismo, enfatizó que el establecimiento de límites máximos de captura por embarcación es constitucional en la medida que busca tutelar el derecho de toda persona a disfrutar de un entorno ambiental idóneo para el desarrollo de su existencia, pues se orienta a garantizar la adecuada captura y extracción del recurso de anchoveta y anchoveta blanca.

En ese contexto, resulta oportuno destacar que en los considerandos décimo tercero y vigésimo del Decreto Legislativo 1084 se expone que los medios para emitir la regulación contenida en él son, además del mejoramiento de la regulación del sector pesquero en lo que respecta a los recursos de anchoveta blanca, el mejor manejo ambiental de la actividad pesquera y el apoyo a la competitividad económica para el aprovechamiento del TLC.

Lima, 11 de marzo de 2010