EXP. N.° 01146-2019-PA/TC

LA LIBERTAD

OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL (ONP)

 

 

AUTO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

 Lima, 17 de marzo de 2021

 

VISTOS

 

Los escritos presentados el 15 de julio de 2020 y el 7 de agosto de 2020 por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), en el que solicita su desistimiento del proceso de amparo de autos; y,

 

ATENDIENDO A QUE

 

1.    Conforme a lo previsto por el artículo 49 del Código Procesal Constitucional, en el   proceso de amparo es procedente el desistimiento. Asimismo, el artículo 37 del Reglamento Normativo de este Tribunal establece que "para admitir a trámite el desistimiento debe ser presentado por escrito con firma legalizada ante el Secretario Relator del Tribunal Constitucional, Notario o, de ser el caso, el Director del Penal en el que se encuentre recluido el solicitante".

 

2.    Examinado el desistimiento formulado por la parte demandante, se aprecia que su pedido cumple con las exigencias indicadas en el considerando precedente habiendo legalizado su firma ante la secretaria relatora de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional el 22 de enero de 2021.

 

3.    Asimismo, en cumplimiento del artículo 343, primer párrafo, del Código Procesal Civil aplicable supletoriamente en virtud del Artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, el desistimiento formulado se puso en conocimiento de la Procuraduría Pública del Poder Judicial y mediante escrito de 25 de febrero de 2021 la parte demandada expresó su conformidad. En consecuencia, corresponde estimar el desistimiento del proceso.

 

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú,

 

RESUELVE

 

Tener por desistida a la Oficina de Normalización Previsional del presente proceso de amparo seguido contra la Primera Sala Civil de Trujillo y otros, dándose por concluido el mismo.

 

Publíquese y notifíquese

 

SS.

 

FERRERO COSTA

BLUME FORTINI

SARDÓN DE TABOADA

 

PONENTE SARDÓN DE TABOADA