EXP. N.° 02276-2021-PHC/TC

AREQUIPA

AMALIA                        TITO       GONZA,

representada por LUIS MIGUEL BERNEDO TITO

 

 

AUTO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 26 de octubre de 2021

 

VISTO

 

El escrito presentado el 19 de octubre de 2021 por doña Amalia Tito Gonza, mediante el cual solicita su desistimiento del recurso de agravio constitucional interpuesto en el proceso de hábeas corpus de autos y,

 

ATENDIENDO A QUE

 

1.   El Tribunal Constitucional tiene dicho que si bien el Código Procesal Constitucional no ha previsto de manera expresa la posibilidad del desistimiento en el proceso de hábeas corpus, este Tribunal considera que resulta viable la procedencia de dicha institución en aplicación análoga de lo dispuesto en las normas referidas  al  proceso  de  amparo  (artículo  50º) y  al  proceso  de cumplimiento (artículo 71º) (…) [Fund. 2 de la RTC 03334-2008-PHC].

 

2.   Asimismo, el artículo 37 del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional     prescribe                           que             para admitir a             trámite         el desistimiento debe ser presentado por escrito con firma legalizada ante el secretario relator del Tribunal Constitucional, notario o, de ser el caso, el director del Penal en el que se encuentre recluido el solicitante.

 

3.   En el presente caso, se advierte que la parte demandante, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 37 del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, ha cumplido con legalizar su firma ante Notario Público, conforme obra en el cuaderno del Tribunal Constitucional. En consecuencia, corresponde estimar el desistimiento del recurso de agravio constitucional solicitado.

 

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú,

 

 

RESUELVE

 

Tener por desistida a doña Amalia Tito Gonza del recurso de agravio constitucional interpuesto en el presente proceso, en consecuencia, concluido el proceso.

 

Publíquese y notifíquese.

 

SS.

 

LEDESMA NARVÁEZ

FERRERO COSTA

MIRANDA CANALES

BLUME FORTINI

SARDÓN DE TABOADA

ESPINOSA-SALDAÑA BARRERA

 

 

PONENTE FERRERO COSTA