EXP. N.° 03074-2022-PA/TC
HUAURA
REDONDOS SA
AUTO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 19 de
mayo de 2023
VISTO
El escrito presentado el 9 de enero de 2023 por don Eduardo
Leno Chauca, representante legal de Redondos SA, en el que solicita su
desistimiento del proceso de amparo de autos; y
ATENDIENDO A QUE
1.
El artículo 50 del Nuevo
Código Procesal Constitucional establece, entre otros aspectos, que en el
proceso de amparo procede el desistimiento. Asimismo, el artículo 37 del
Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional prescribe que “para admitir a
trámite el desistimiento debe ser presentado por escrito con firma legalizada
ante el secretario relator del Tribunal Constitucional, notario o, de ser el
caso, el director del Penal en el que se encuentre recluido el solicitante”.
2.
Examinado el desistimiento
formulado por la parte demandante, se aprecia que su pedido cumple con las
exigencias indicadas en el considerando precedente, esto es, el actor ha
cumplido con legalizar su firma ante notario público. Asimismo, en cumplimiento
del artículo 343, primer párrafo, del Código Procesal Civil aplicable
supletoriamente en virtud del artículo IX del Título Preliminar del Nuevo Código
Procesal Constitucional, el desistimiento formulado se puso en conocimiento de
la parte demandada la Municipalidad Distrital de Santa María y la Municipalidad
Distrital de Huaura, con fecha 13 de febrero de 2023; asimismo, las emplazadas
no han dado a conocer su oposición o conformidad con el desistimiento dentro
del plazo que le concede la ley; por consiguiente,
corresponde que se presuma su conformidad, en aplicación de la disposición
legal precitada. En consecuencia, debe estimarse la solicitud de desistimiento
del proceso.
Por estas consideraciones, el Tribunal
Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del
Perú,
RESUELVE
Tener por desistida a Redondos SA, a través de su
representante legal, del presente proceso de amparo seguido contra la Municipalidad
Distrital de Santa María y la Municipalidad Distrital de Huaura,
dándose por concluido el mismo.
Publíquese y notifíquese.
SS.
MONTEAGUDO VALDEZ
PACHECO ZERGA
OCHOA CARDICH
PONENTE
MONTEAGUDO VALDEZ