El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada por la forma la demanda de inconstitucionalidad planteada por el 25% de congresistas contra el Poder Ejecutivo y, en consecuencia, inconstitucionales solamente los artículos 1º, 2º, 3º y 5º, y la Primera y Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia Nº 026-2009.
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Con motivo de celebrarse este 1 de diciembre cinco años de la entrada en vigencia del Código Procesal Constitucional, el Centro de Estudios Constitucionales (CEC) del Tribunal Constitucional realizará los días 2 y 3 de diciembre del presente año el seminario denominado "El Código Procesal Constitucional cinco años de vigencia: Balance y perspectivas", en el que destacados constitucionalistas analizarán y debatirán la aplicación de su contenido normativo de cara a la tarea de contribución a la consolidación de la justicia constitucional en el Estado Democrático de Derecho.
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Al haberse acreditado la vulneración de los derechos a la libertad individual, a la integridad, a tener familia y no ser separado de ella, a crecer en un ambiente de afecto y de seguridad moral y a la eficacia de las resoluciones judiciales, el Tribunal Constitucional (TC) resolvió declarar fundada la demanda de hábeas corpus interpuesta por doña Shelah Allison Hoefken, a favor de sus dos menores hijos, retenidos irregularmente por su padre. Esta es la primera vez que el TC se pronuncia en un caso como éste, debido a la particular circunstancia que amerita tutela constitucional.
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