Notas de prensa

Lima - marzo 30, 2010

TC REITERA QUE LÍMITES A LA IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS USADOS SON CONSTITUCIONALES

El Tribunal Constitucional (TC) precisó que los requisitos para la importación de vehículos usados establecidos por el Decreto Supremo N.° 042-2006-MTC y los Decretos de Urgencia N.os 079-2000 y 086-2000 constituyen una medida legislativa legítima e idónea para prevenir y proteger la afectación del medio ambiente, específicamente la contaminación del aire.

De este modo, el TC reitera su posición establecida en las sentencias recaídas en los Exps. N.os 03610-2008-PA/TC, 03048-2007-PA/TC y 01157-2008-PA/TC, en las que se determinó que los requisitos para la importación de vehículos usados buscan la protección de un medio ambiente equilibrado y adecuado como derecho fundamental y obligación del Estado.

Ello porque las sustancias que emanan de los vehículos usados son consideradas como gases irritantes y vesicantes, contaminantes del aire y extremadamente tóxicos para la salud, que afectan diferentes órganos y sistemas con un alto riesgo de producir intoxicación aguda por inhalación y absorción a través de la piel y las mucosas.

En este sentido, el TC señaló que los requisitos para la importación tienen una finalidad preventiva y reparadora del medio ambiente, así como de tutela del derecho a la salud. Y que, no vulneran ni restringen los derechos fundamentales al trabajo, a la libertad de empresa y a la libertad de contratación, sino que constituyen limitaciones legitimas que buscan tutelar los derechos a la vida y a la salud.

Ello ha sido puntualizado en la sentencia recaída en el Exp. N.º 03816-2009-PA/TC, que declaró infundada la demanda de amparo interpuesta por Dan Export S.A.C., contra el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Economía y Finanzas y la Presidencia del Consejo de Ministros, con la finalidad de que se declare inaplicables el Decreto Supremo N.° 042-2006-MTC y los Decretos de Urgencia N.os 079-2000 y 086-2000.

Lima, 30 de marzo del 2010