Notas de prensa

Lima - septiembre 24, 2020

EL PERÚ HA TOMADO CONCIENCIA DE NUESTRA DIVERSIDAD LINGÜÍSTICA Y CULTURAL CONSAGRADA EN LA CONSTITUCIÓN

“En el Perú hemos tomado conciencia de nuestra diversidad lingüística y cultural, consagrada en seis artículos de la Constitución, así como de toda la riqueza y complejidad que esto conlleva” señaló el vicepresidente del Tribunal Constitucional (TC), Augusto Ferrero Costa.

Fue durante su participación en la XIII Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional, inaugurada hoy y que tiene como anfitrión a la Corte Constitucional de Colombia. El evento lleva como título “La democracia y los derechos fundamentales en los estados de excepción”.

Ferrero Costa intervino en la Mesa de trabajo N° 2 denominada “Diálogo jurisprudencial” y expuso sobre la diversidad lingüística en el Perú con motivo de la sentencia del caso María Antonia Diaz Cáceres de Tinoco, emitida en el Expediente N° 00889-2017-PA/TC.

Recordó que, en este caso, el Tribunal Constitucional amparó los derechos fundamentales de una peruana quechuahablante, a quien la Municipalidad Provincial de Carhuaz del departamento de Ancash, le comunicó una decisión administrativa sobre su trabajo ambulatorio en castellano, idioma el cual desconoce, puesto que es quechuahablante y analfabeta. Mas aún, si en dicha provincia, el 73.27% de la población habla en quechua.

Ferrero explicó que la Constitución peruana en su artículo 48 señala que “son idiomas oficiales el castellano y, en las zonas donde predominen, también lo son el quechua, el aimara y las demás lenguas aborígenes”.

En este caso, el Tribunal resolvió que la demandante tiene derecho a utilizar el quechua, su lengua originaria, en su vida diaria, así como ante cualquier autoridad y que no hacerlo es un acto discriminatorio por indiferenciación. Por ello, dispuso que la Municipalidad demandada se comunique con la demandante de manera adecuada.

El vicepresidente dijo que el TC declaró un estado de cosas inconstitucional en relación con la ausencia de una efectiva vigencia del derecho a que el Estado se comunique oficialmente también en lenguas originarias, en las zonas del Perú donde ellas son predominantes y ordenó al Ministerio de Educación que elabore y publique el Mapa Etnolingüístico del Perú, a efectos de que se determine las lenguas originarias y las zonas del país en las que son predominantes y, por ende, también oficiales.

Comentó que la sentencia marcó historia en la manera como se comunicó a la sociedad, por lo cual el Pleno del Tribunal Constitucional acordó la traducción al quechua de un extracto de la misma y su lectura mediante un intérprete en un acto público, así como su publicación en el diario oficial El Peruano.

Al interior del Tribunal Constitucional, también generó cambios. En junio de 2018, se instaló la Comisión de Seguimiento y Cumplimiento de Sentencias, se instaló la señalética en las lenguas quechua, aimara y ashaninka en cada una de las oficinas de todas las sedes del TC y en el 2019 se inauguró el noticiero en quechua y se implementó el portal web institucional en quechua.

Lima, 24 de setiembre de 2020

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