Notas de prensa

Lima - noviembre 13, 2023

“LA NO REELECCIÓN ES UNA OPCIÓN PARLAMENTARIA CONSTITUCIONALMENTE VÁLIDA”, AFIRMA EL MAGISTRADO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, HELDER DOMÍNGUEZ HARO

El magistrado del Tribunal Constitucional (TC), Helder Domínguez Haro, afirmó que la no reelección es una opción parlamentaria y que la sentencia del Pleno del TC que declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 30906, Ley de reforma constitucional que prohíbe la reelección inmediata de congresistas de la República, es una opción constitucionalmente válida y lícita y que no vulnera el derecho de participación política ni el de elegir y ser elegidos.

Así lo dio a conocer en una entrevista televisiva concedida a RPP Televisión, donde indicó que esta demanda fue presentada por 5251 ciudadanos que consideraban que esta ley de reforma constitucional modificaba el artículo 90 de la Constitución prohibiendo la reelección parlamentaria inmediata.

Aseveró que esta sentencia del TC expresa por primera vez el derecho a la democracia, el derecho a vivir en democracia, vale decir, no solamente es un principio democrático, sino también un derecho humano.

Añadió que este derecho a la democracia involucra una variedad de derechos a la vez, como los derechos políticos, el derecho a elegir y el derecho a ser elegido, y corresponde al legislador reglamentar, legislar o reglar sobre los alcances de este derecho.

Finalmente, dijo que el poder legislativo, como órgano público cuya labor, entre otras funciones, es la de legislar, ha creído pertinente que se incluya esta reforma constitucional, es decir, que los parlamentarios no puedan ser reelegidos para un periodo inmediato y sí podrían ser elegidos nuevamente después de transcurrido un periodo congresal.  Acotó que eso es democrático y el TC analiza si esa reforma no vulnera la Constitución, la identidad de la Constitución o está dentro de lo constitucionalmente lícito, válido e irreprochable.

Lima, 13 de noviembre de 2023

Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional