Notas de prensa

Lima - febrero 24, 2023

MAGISTRADO MANUEL MONTEAGUDO SEÑALÓ QUE EN EL CASO SUNAT, EL TC NO HA ORDENADO DEVOLUCIÓN, PAGO, NI AMNISTÍA A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE

El magistrado Manuel Monteagudo Valdez señaló que el Tribunal Constitucional (TC) en su sentencia recaída  Exp. N.° 03525-2021-PA/TC referida al cobro de intereses moratorios, no ha emitido un dictamen ordenando una devolución, un pago, y menos una amnistía a favor del contribuyente.

Recordó que en el 2007 se aprobó una ley que señala que no es posible cobrar intereses moratorios en un proceso de reclamación tributaria durante la primera etapa. Luego en el 2014, se modificó para ampliar el periodo de no cobro de intereses en la etapa de apelación y en el 2016 se amplía a la etapa del recurso de queja.

A lo largo de la entrevista el magistrado Monteagudo señaló que ante la problemática de numerosas acciones de amparo cuestionando el cobro de intereses moratorios, más allá del plazo legal, se consideró oportuno establecer un precedente vinculante, a fin de que sea la justicia ordinaria la que resuelva los aspectos específicos de cada reclamación, pero teniendo en cuenta los antecedentes legislativos y específicamente el parámetro de que no es posible cobrar intereses más allá del plazo legal. Precisó, además, que esta regla no se aplica en caso de acciones de mala fe por parte del contribuyente.

El magistrado remarcó que no se ha creado un mecanismo para actuar con irresponsabilidad, sino un principio que está en la legislación y que es concordante con los máximos principios constitucionales y la propia Convención Americana de Derechos Humanos.

Lima, 24 de febrero de 2023

Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional