Notas de prensa

- marzo 17, 2011

EL TC SEÑALA QUE ES JURIDICAMENTE IMPOSIBLE DETERMINAR EL MENOSCABO DE UNA COMPETENCIA SI EXISTEN PROBLEMAS LIMÍTROFES

El Tribunal Constitucional (TC) advirtió que si se omite establecer los límites territoriales en una demanda de competencia entre municipalidades distritales, es jurídicamente imposible determinar que se haya menoscabado el ejercicio de una competencia o atribución de la cual una Municipalidad sea titular, así lo expresó en la STC Nº 00011-2009-CC/TC.

El TC declaró improcedente la demanda de conflicto de competencia interpuesta por la procuraduría de la Municipalidad Distrital de San Andrés contra la Municipalidad Distrital de Paracas en Ica, en el que se solicita se declare ilegales los actos del municipio de Paracas ejercidos en la jurisdicción de la Municipalidad de San Andrés.

Al analizar el caso, el Tribunal advirtió que al haberse omitido establecer los límites territoriales de la Municipalidad de San Andrés en su ley de creación (Ley Nº 4431), era jurídicamente imposible determinar que se haya menoscabado el ejercicio de una competencia o atribución de la cual ésta sea titular.

El Tribunal recuerda que si bien el conflicto que se dilucida en este proceso se origina en una actuación viciada de competencia, su objeto no es determinar, per se, la validez de los actos que pudieran expedir cualquiera de los órganos estatales a los que se refiere el artículo 109 del Código Procesal Constitucional. Del mismo modo, señaló que no era competente para determinar la titularidad de una competencia o atribución constitucional.

Finalmente, el Tribunal Constitucional exhortó a la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros y al Gobierno Regional de Ica, para que concluyan las labores que permitan la delimitación territorial de las municipalidades de San Andrés y de Paracas.

Lima, 17 de marzo de 2011