Notas de prensa

- septiembre 28, 2011

TC DECLARA QUE ES COMPETENCIA DE LA ONPE REGULAR LA FRANJA ELECTORAL Y EL JNE FISCALIZAR Y SUPERVISAR LA COMPETENCIA DE LA ONPE EN EL CONTROL EXTERNO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS

El Tribunal Constitucional resolvió que corresponde a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) la competencia para regular, dentro del marco constitucional y legal, todos los aspectos relacionados con la implementación de la franja electoral de todo proceso electoral, de conformidad con lo previsto por la Constitución, la Ley Orgánica de la ONPE y la Ley de Partidos Políticos. Así lo estableció al declarar fundada en parte, la demanda de conflicto de competencia contenida en el Expediente Nº  00002-2011-CC/TC interpuesta por la ONPE, contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Además incluye entre otras cuestiones, su distribución entre las organizaciones políticas, determinadas reglas para el uso de la franja electoral, el control preventivo del cumplimiento de tales reglas, el procedimiento y la ejecución de la contratación de los espacios en los medios de comunicación radiales y televisivos. Ello sin perjuicio de las competencias fiscalizadoras, supervisoras y jurisdiccionales, que de conformidad con la Constitución, corresponden al Jurado Nacional de Elecciones.

Al mismo tiempo, el Tribunal declaró que, conforme a la Constitución es competencia del JNE, fiscalizar y supervisar el ejercicio de la competencia de control externo de la actividad económico-financiera de las organizaciones políticas ejercida por la ONPE, por consiguiente, ésta tiene la obligación constitucional de remitir los informes y documentos que el Jurado Nacional de Elecciones le requiera para el debido ejercicio de tal supervisión.

Finalmente, el Tribunal Constitucional resolvió la nulidad del literal g) del artículo 14º del Reglamento de Fiscalización de la Supervisión del Cumplimiento de las Normas sobre el Financiamiento de las Organizaciones Políticas aprobado mediante Resolución Nº 032-2011-JNE que confería al Gerente de Fiscalización de este organismo la función de analizar y sistematizar la documentación referida a la información financiera representada por cada organización política ante el proyecto del voto informado del JNE y que dicha información debía ser evaluada de manera conjunta con la información remitida por la ONPE. A través de la aludida información, el JNE ingresaba a controlar directamente el financiamiento de las organizaciones políticas, competencia que la legislación orgánica reserva exclusivamente a la ONPE. 

 

Lima, 28 de setiembre de 2011