Notas de prensa

- octubre 24, 2013

TC ORDENA DOTAR DE AGUA POTABLE A DAMNIFICADOS DEL TERREMOTO DEL 2007 EN PISCO

El Tribunal Constitucional (TC) ordenó a la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Pisco (EMAPISCO S.A.) implementar un servicio de agua potable, a través de camiones cisterna, que permita un abastecimiento adecuado y de calidad de este recurso a favor de los integrantes de la Asociación Pro Vivienda Las Lomas, que resultaron damnificados del terremoto del 15 de agosto de 2007 que asoló Pisco.

Fue al declarar fundada la demanda de amparo contenida en el Expediente Nº 01573-2012-PA/TC interpuesta por la referida asociación contra EMAPISCO S.A., demanda en la que se daba cuenta que los demandantes contaban con certificados de posesión entregados por la Municipalidad Distrital de San Andrés en Las Lomas, solicitando se disponga la instalación de cuatro piletas de agua potable en dicha zona.

El Colegiado precisó que el acceso al agua potable como derecho fundamental no se encuentra supeditado a la demostración de la existencia previa de un título de propiedad del lugar donde se solicita la prestación de este servicio público, sino que se encuentra directamente vinculado a las necesidades de los ciudadanos, motivo por el cual estimó la demanda.

Ello no obstante, el TC ponderó la argumentación técnica de la empresa demandada en el sentido de que la instalación de cuatro piletas de agua potable, tal como pretendían los demandantes, podía afectar la distribución del agua potable a la población de Pisco; razón que lo llevó a disponer que la implementación del servicio de agua potable se efectúe a través de camiones cisterna.

Como se recuerda, en anterior jurisprudencia, el TC ha reconocido el derecho fundamental al agua potable como un derecho de naturaleza prestacional cuya concretización corresponde ser efectuada por el Estado a través de empresas concesionarias.

 

Lima, 24 de octubre de 2013