Notas de prensa

- junio 5, 2013

TC SALUDA SENTENCIA DICTADA POR EL PODER JUDICIAL EN CASO DE COMUNIDAD NATIVA TRES ISLAS

El Tribunal Constitucional (TC) saluda la decisión de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, de fecha 29 de mayo de 2013, que ordenó el archivamiento del proceso penal que se seguía contra las autoridades de la Comunidad Nativa Tres Islas por el mero hecho de haber ejercido el derecho a la autonomía comunal.

Como se recuerda, el TC dispuso que cesen los actos de violación del territorio de la propiedad comunal y de autonomía de la referida comunidad, al declarar fundada la demanda (Exp. Nº 01126-2011-HC/TC) interpuesta por las autoridades comunales de Tres Islas contra los miembros de la Sala Mixta y Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios.

En aquella oportunidad, el TC anuló la resolución judicial que permitía el ingreso al territorio de la comunidad nativa de personas ajenas a ésta vinculadas a la minería informal y la tala ilegal de árboles. El Colegiado argumentó entonces que la resolución judicial no tomó en cuenta que al permitir tal ingreso se afectaba el espacio vital a partir del cual se preserva, construye y reconstruye la identidad cultural de los pueblos indígenas, que se concretiza en la protección concreta de su territorio.

La referida sentencia emitida por el TC marcó un hito al ser el primer pronunciamiento de un órgano jurisdiccional nacional sobre el tema de la autodeterminación indígena, además de establecer un criterio que vincula al Ministerio Público y el Poder Judicial al momento de resolver, a fin de que las tierras de las comunidades indígenas cuenten con la protección efectiva que correspondería a cualquier otro régimen de propiedad.

 

Lima, 5 de junio de 2013