El Tribunal Constitucional ordenó la entrega de una menor de 3 años y 6 meses, quien fuera puesta bajo la tutela de Doña Lady Rodríguez Panduro a los pocos días de su nacimiento, y luego de casi 2 años que permaneciera bajo sus cuidados fuera reportada como secuestrada por sus padres biológicos, la señora Loidith Chumbe Trigozo y el señor Abel Silva Pérez
Fue al declarar fundada la acción de hábeas corpus formulada por la señora Lady Rodríguez contra la Ministra del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano (Promudeh), doctora Cecilia Blondet Montero, y el Jefe de la Oficina de Adopciones, doctor Milko Rubén Sierra Asencios, con el objetivo de que le sea entregada la menor, quien se encontraba internada en la Aldea Infantil "Virgen del Pilar" de la ciudad de Tarapoto.
La sentencia recaída en el expediente 2165 – 2002 HC/TC, que se publica hoy en el diario oficial El Peruano, indica que tal como fluye del expediente judicial los padres biológicos de la pequeña no mostraron ningún interés en su cuidado, luego que fuera entregada en su poder por la demandante al momento de presentarse la acusación de secuestro, ante esto la señora Rodríguez dio aviso a las autoridades, quienes confirmaron el mal estado de la menor y dispusieron su llevada a la mencionada aldea infantil.
Por ello, y ante los cuidados y el constante interés de la señora Lady Rodríguez por la menor, el Tribunal Constitucional declara fundada la Acción de Habeas Corpus y ordena que la pequeña sea entregada en su poder en un plazo no menor de 48 horas.
Lima, 13 de mayo de 2003