Luego de haberse cumplido con la subsanación advertida al no presentar copia del documento impugnado, el Tribunal Constitucional resolvió admitir a trámite la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por 34 Congresistas de la República contra el "Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China", ratificado mediante Decreto Supremo Nº 092-2009-RE. La decisión está contenida en la resolución recaída en el Expediente Nº 00021-2010-PI/TC.
De acuerdo con el procedimiento, luego de la admisión el Tribunal dispone correr traslado de la demanda al Congreso de la República del Perú y al Poder Ejecutivo para su absolución, conforme a lo dispuesto en el artículo 107º, inciso 3) del Código Procesal Constitucional.
El objeto de la demanda consiste en que se declare la inconstitucionalidad del Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China suscrito en la ciudad de Beijing, República Popular China el 28 de abril de 2009, extendiéndose contra los Anexos, apéndices, protocolos, acuerdos complementarios y demás instrumentos que se hubieran suscrito a su amparo o como consecuencia de éste.
Lima, 11 de mayo de 2011