Notas de prensa

- marzo 6, 2013

ORDENAN A CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AYACUCHO REPONER TRABAJADORA POR SIMULAR RELACIÓN LABORAL TEMPORAL

Por simular una relación laboral de naturaleza temporal que en realidad era permanente, el Tribunal Constitucional (TC) ordenó al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, que cumpla con reincorporar a la trabajadora Carolina Venancino Robles como servidora a plazo indeterminado en el plazo máximo de dos días, bajo apercibimiento de aplicarse los apremio que establece el Código Procesal Constitucional.

Así lo resolvió al declarar fundada la demanda de amparo interpuesta en el Expediente Nº 00124-2012-AA/TC, toda vez que resulta evidente que la demandada ha incurrido en la causal de desnaturalización del contrato prevista en el inciso d) del artículo 77º del Decreto Supremo 003-97-TR.

La demandante fue contratada como asistente judicial del Segundo Juzgado Civil de Huamanga, para realizar una labor permanente dentro de la organización estructural funcional en virtud de lo dispuesto en el artículo 253 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, lo que evidencia el fraude en su contratación. Esta afirmación es corroborada con un informe del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, donde se afirma que la actora siguió trabajando luego del vencimiento de su contrato.

El Tribunal precisó que no comparte la posición de la Sala de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho que resolvió en segunda instancia, porque si bien es cierto que en abril de 2011, las partes suscribieron un Contrato Administrativo de Servicios (CAS), comprobó que el mismo se celebró en virtud de una medida cautelar inmotivada concedida a favor de la demandante, por lo que al ser una medida provisional no resulta aplicable al presente caso el criterio asumido en la sentencia Nº 3818-2009-PA/TC (referido a que en una relación laboral a plazo determinado, su extinción se produce en forma automática cuando se ha cumplido el tiempo de duración del contrato).

 

Lima, 06 de marzo de 2013