El Pleno del Tribunal Constitucional declaró la vacancia del magistrado Ricardo Beaumont Callirgos por incurrir en culpa inexcusable en el cumplimiento de los deberes inherentes a su cargo, según lo precisado en la Resolución Administrativa Nº 066-2013-P/TC, suscrita el día de hoy por su Presidente, doctor Oscar Urviola Hani.
El acuerdo dispone además poner en conocimiento de esta decisión al Congreso de la República en mérito a lo dispuesto en el artículo 17º de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
La citada resolución señala que el Pleno del Tribunal constató que el señor Ricardo Beaumont Callirgos, no se ha reincorporado a sus funciones el 02 de mayo de 2013, y tiene en cuenta que dicho Magistrado no ejerce tales funciones desde el 24 de abril, es decir, desde hace más de (6) días hábiles, en perjuicio del servicio público de administración de justicia, por el retraso que ello significa en la tramitación de los procesos constitucionales.
A juicio del Pleno del Tribunal Constitucional, la conducta del magistrado Ricardo Beaumont Callirgos, constituye culpa inexcusable en el cumplimiento de los deberes inherentes a su cargo, contenidos en los artículo 1º y 10º de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, y el artículo 19º, incisos 2), 3) y 6), del Reglamento Normativo y que por estas consideraciones ha incurrido en la causal de vacancia, contenida en el artículo 16º, inciso 4, de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
La resolución suscrita por el Presidente del Tribunal Constitucional, doctor Oscar Urviola Hani, precisa que el artículo 19º, inciso 2, del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional señala como deber de los magistrados, cumplir y hacer cumplir su Ley Orgánica; asimismo el inciso 3) de dicho artículo prescribe que es deber del magistrado resolver los asuntos de su competencia con sujeción a la garantía del debido proceso y dentro de los plazos legales y su inciso 6) manda a los magistrados observar el horario de trabajo y en especial el que corresponde a las audiencias.
Lima, 03 de mayo de 2013