El Tribunal Constitucional (TC) rechazó el pedido de nulidad de todo lo actuado ante el TC formulado por el ex juez Alejandro Rodríguez Medrano, aduciendo, entre otras razones, que su caso (Exp. Nº 04447-2012-PA/TC) fue resuelto por magistrados con mandato vencido, alegando que están usurpando funciones públicas.
El Colegiado advirtió que el recurrente pretende hacer valer su posición luego de tomar conocimiento de lo resuelto en sede constitucional y luego de realizada la vista de la causa (28 de noviembre de 2012). Sin embargo, añadió, no se toma en consideración lo dispuesto en el artículo 10º de la Ley Orgánica del TC que establece que los magistrados del Tribunal continúan en el ejercicio de sus funciones hasta que hayan tomado posesión quienes han de sucederles.
El Tribunal señaló que ante el silencio de la Constitución sobre el particular, ha correspondido al legislador ordinario dictar disposiciones que impidan que el TC deje de funcionar en caso no se elijan a los magistrados que deben suceder a quienes se encuentran con mandato vencido. Esta previsión, concluyó, no afecta disposición alguna de la Constitución, por lo que al haberse emitido pronunciamiento con el quórum respectivo, la resolución emitida por el TC en este caso se mantiene vigente, declarando improcedente el pedido de nulidad interpuesto.
Lima, 19 de agosto de 2013