Notas de prensa

Lima - julio 18, 2007

TC ES EL ÓRGANO DE CONTROL DE LA CONSTITUCIÓN Y SU SUPREMO INTÉRPRETE

El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Doctor César Landa Arroyo disertó, este martes 17, en el Ciclo de Conferencias por el XII aniversario de la Academia de la Magistratura, sobre las «Relaciones entre el Tribunal Constitucional y el Poder Judicial».

Afirmó que el TC es un órgano constitucional, pero también de carácter jurisdiccional en razón a los establecido por la propia Ley Fundamental, en el sentido de que el TC «es el órgano de control de la Constitución» y es instancia final de fallo en los procesos constitucionales de su competencia. En tal virtud, asume no sólo la función constitucional de velar por el cumplimiento del principio jurídico de supremacía de la Constitución, sino también por la vigencia y eficacia de los derechos fundamentales.

En ese sentido -agregó Landa-, el TC tiene, precisamente, la función cardinal de controlar y limitar los excesos legislativos de los poderes públicos y privados que puedan vulnerar los derechos fundamentales. El TC en el ejercicio de sus funciones, necesariamente entabla relaciones de control con los poderes del Estado -Ejecutivo, Legislativo y Judicial-, así como con los Gobiernos Regionales, Locales y organismos constitucionales autónomos. Si bien estas deben ser superados dentro del marco constitucional establecido y a partir de entender el principio de separación del poder, también como un principio de cooperación y colaboración entre ellos.

Landa Arroyo puntualizó, además, que la existencia de conflictos no es nocivo para el orden constitucional; por el contrario, en algunos casos es hasta necesario en la media que es propio de todo sistema democrático, más bien la ausencia de ellos es consustancia de las dictaduras, sostuvo.

Lima, 18 de julio del 2007