Notas de prensa

- mayo 25, 2013

TC DECLARA IMPROCEDENTE NUEVO HÁBEAS CORPUS DE JOSÉ ENRIQUE CROUSILLAT

El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente la demanda de hábeas corpus  contenida en el Expediente N° 03992-2012-PHC/TC interpuesta por José Enrique Crousillat contra los magistrados del TC y otros, en la que solicitaba se declare la nulidad de la sentencia del Tribunal Constitucional del 25 de enero de 2011 y de la Resolución Suprema N° 056-2010-JUS, así como la restitución de la Resolución Suprema N° 285-2009-JUS. Asimismo pidió revocar el mandato de detención dictado en su contra en el proceso penal N° 14-2010.

Como se recuerda, mediante R.S. Nº 285-2009-JUS se le otorgó indulto por razones humanitarias, lo que se dejó sin efecto con la R.S. Nº 056-2010-JUS, lo que motivó que Crousillat interpusiera una primera demanda de hábeas corpus a su favor, la misma que el Tribunal Constitucional declaró infundada, porque consideró justificada la Resolución Suprema por la cual se anuló el indulto otorgado a José Enrique Crousillat. Además, el TC declaró la nulidad del referido indulto.

El TC declaró la improcedencia de la presente demanda, invocando lo establecido en el Código Procesal Constitucional en el sentido que no proceden los procesos constitucionales cuando se cuestione una resolución firme recaída en otro proceso constitucional, como ha ocurrido en este caso en el que se cuestiona una sentencia expedida por este Tribunal  en última y definitiva instancia (Exp. 3660-2010-PHC/TC).

Respecto a la solicitud de revocatoria del mandato de detención dictado en contra del demandante, el TC encontró que se ha producido la sustracción de la materia, pues la Cuarta Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima dispuso su excarcelación siempre y cuando no exista mandato de detención emanado de otro proceso, imponiéndosele mandato de comparecencia.

 

Lima, 25 de mayo de 2013