Notas de prensa

- agosto 8, 2011

EL PERÚ NO PUEDE RETROCEDER EN LA NORMATIVIDAD QUE DESDE HACE 20 AÑOS VIENE TRATANDO DE DISMINUIR EL CONSUMO DE TABACO

La mayoría de los magistrados del Tribunal Constitucional han considerado en su sentencia, que el Perú no puede retroceder en la normatividad que desde hace 20 años viene tratando de disminuir el consumo de tabaco, por los efectos nocivos que tiene para la salud y los costos que tiene para la sociedad y el Estado la atención de las enfermedades que esto genera. Así lo señaló el magistrado Oscar Urviola Hani durante su participación en el programa “Tus Derechos” del Tribunal Constitucional.

“En la parte resolutiva de la sentencia, precisamente el Tribunal ha señalado que queda prohibido dictar disposiciones que signifiquen un retroceso en las medidas de prohibición o que tiendan a disminuir el consumo de tabaco”, precisó el magistrado.

El doctor Urviola explicó que los demandantes  argumentaban que la prohibición de fumar en establecimientos públicos cerrados atentaba contra el libre desarrollo de la personalidad, la  iniciativa privada y la libertad de empresa. Sobre este punto el Tribunal ha considerado que las prohibiciones contenidas en la ley, si bien afectan en alguna forma el desarrollo de la personalidad, la libre iniciativa privada y la libertad de empresa, ésta es una afectación menor en comparación con la afectación al derecho a la salud que también está consagrado en la Constitución del Estado.

De tal manera que aplicando el principio de proporcionalidad, el TC consideró que es preferible proteger el derecho a la salud aún cuando se afecte en alguna medida el derecho al libre desarrollo de la personalidad, a la libre empresa y a la iniciativa privada.

“El Tribunal ha hecho un balance de qué bien jurídicamente debe ser protegido y en este caso ha preferido proteger la salud”, destacó Urviola Hani.

Lima, 8 de agosto de 2011