Notas de prensa

- marzo 25, 2013

TC HACE PREVALECER DERECHO DE PROPIEDAD DE CIUDADANO EN PROCESO CONTRA LA AUTORIDAD AUTÓNOMA DE MAJES

El Tribunal Constitucional, en defensa del derecho de propiedad, ordenó a la Oficina Registral de Arequipa, invalidar y dejar sin efecto la inscripción registral de un terreno a favor de la Autoridad Autónoma de Majes (AUTODEMA) y, en consecuencia, dispuso mantener las inscripciones de dominio de los terrenos eriazos denominados finca rústica “Pájaro Bobo” a nombre de su legítimo propietario.

Al mismo tiempo, exhortó a AUTODEMA a obrar con diligencia al momento de iniciar procesos de saneamiento físico legal, toda vez que ello debe realizarse sin contravenir lo dispuesto por nuestra Constitución, en este caso, específicamente lo dispuesto en sus artículos 2º, inciso 16) y 70º. Así lo precisó en la sentencia  recaída en el expediente Nº 01342-2012-PA/TC que declaró fundada la demanda de amparo interpuesta por don Robert Michael Huaco Menéndez.

El demandante alegó que la demandada pretendía cancelar la ficha registral correspondiente a su inmueble, “Pájaro Bobo”, al considerar que su derecho de propiedad sobre la referida finca se había extinguido y sin cumplir los requisitos legales que debe observar toda expropiación pues no se le abonó el justiprecio e indemnización correspondientes.

El Tribunal juzgó inaceptable el argumento de la entidad demandada en lo referido a una supuesta extinción del derecho de propiedad del demandante, reiterando lo expuesto en su jurisprudencia, esto es que no basta invocar la naturaleza  eriaza de un terreno para revertirlo a favor del  Estado sin mediar un proceso de expropiación, pues obrar en ese sentido implicaría una confiscación de la propiedad, lo que está proscrito constitucionalmente.

En el presente caso, el Tribunal constató que se encuentra fehacientemente acreditado el derecho de propiedad del demandante sobre el predio rústico Pájaro Bobo, conforme se desprende de las anotaciones que aparecen en el Registro de Propiedad Inmueble de Arequipa, y a la vez  advirtió que no se ha seguido el proceso de expropiación correspondiente, razón por la cual declaró fundada la demanda.

Lima, 25 de marzo de 2013