Notas de prensa

- junio 12, 2013

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DESESTIMÓ HÁBEAS CORPUS INTERPUESTO POR EX CONGRESISTA JOSÉ ANAYA EN EL QUE SOLICITABA LA NULIDAD DE SU CONDENA

El Tribunal Constitucional (TC) desestimó la demanda de hábeas corpus contenida en el Expediente Nº  4184-2012-PHC/TC, interpuesta por el ex congresista José Anaya Oropeza, en la que solicitaba la nulidad de su condena por delito de peculado y falsificación de documentos y que se realice un nuevo juicio oral. Se alegaba, entre otros argumentos, que los términos de la acusación constitucional formulada por el Congreso de la República no habían sido respetados por el Poder Judicial.

La sentencia del TC se basa en el criterio jurisprudencial asumido anteriormente en la STC Nº 0006-2003-AI/TC en la que se consideró que el artículo 100º de la Constitución -que establece que en los casos de antejuicio político la denuncia del Ministerio Público y la subsecuente apertura de instrucción por el juez supremo no pueden alterar los términos de la resolución del Congreso- debe ser compatibilizado con los principios de autonomía e independencia del Ministerio Público y el Poder Judicial.

En tal sentido, el TC concluyó que si bien el Poder Judicial y el Ministerio Público deben basarse en los hechos materia de la resolución del Congreso de la República, pueden recalificar jurídicamente los mismos.

En el presente caso, el Colegiado precisó que no se violó la prerrogativa del antejuicio político, toda vez que se denunció, procesó y sentenció al demandante por el delito de peculado y otros, teniendo en cuenta los mismos hechos que fueron materia de acusación constitucional: haber presentado boletas falsas por consumo de alimentos en el restaurante Yorlas y haber obtenido indebidamente el reembolso por la supuesta compra de un pasaje aéreo a Italia; y que la recalificación jurídica de los hechos que efectuó la Sala Suprema emplazada no resulta contraria a la Constitución Política.      

 

Lima, 12 de junio de 2013