Notas de prensa

Lima - junio 2, 2021

TC DEFIENDE EL DERECHO A LA EDUCACIÓN EN ZONAS DE EXTREMA POBREZA

El Tribunal Constitucional (TC) realizó la segunda audiencia remota de supervisión de cumplimiento de sentencia referida al derecho a la educación rural, que demandaron las hermanas Elita y Marleni Cieza Fernández, quienes fueron discriminadas en Utcubamba, Amazonas, de estudiar en el primer año de secundaria por tener 18 y 19 años de edad, respectivamente.

Por ello, el TC convocó al Ministerio de Educación y al Poder Legislativo, a fin de conocer las medidas que se vienen adoptando para cumplir los alcances de la sentencia Exp. N° 00853-2015-PA/TC, que se supervisó en la primera audiencia el 5 de agosto de 2020.

“Se busca verificar la efectiva vigencia del derecho fundamental a una educación que tenga por finalidad el desarrollo integral de la persona humana, teniendo como referencia el artículo 13 de la Constitución Política”, expresó durante su intervención la presidenta del TC, Marianella Ledesma Narváez.

Además, la titular del TC expresó su preocupación porque en Amazonas, el analfabetismo se incrementó en 0.05%, desde el 2015 a la fecha, por lo que se requiere de un mayor trabajo en estas regiones.

En la audiencia también participaron los magistrados Augusto Ferrero Costa, Manuel Miranda Canales, Ernesto Blume Fortini, José Luis Sardón de Taboada y Eloy Espinosa-Saldaña Barrera, quien es el Coordinador del Sistema de Supervisión de Cumplimiento de Sentencias del TC. No participó Carlos Ramos Núñez, por encontrarse con descanso médico.

Durante la misma, se dio cuenta que el MINEDU incumplió con informar cada seis meses acerca de los avances de la sentencia supervisada y la situación de las demandantes. Además, le ordenó el inicio de las investigaciones administrativas contra quienes resulten responsables del incumplimiento del mandato de la sentencia, debiendo informar al TC acerca de las medidas adoptadas.

Por el MINEDU participó el director de la Dirección General de Educación Básica Alternativa Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, Hugo Reynaga Muñoz y el procurador del Poder Legislativo, Yuri García Cano.

Como se recuerda, la sentencia del TC declaró un estado de cosas inconstitucional la accesibilidad a la educación de personas de extrema pobreza del ámbito rural y ordenó al MINEDU diseñar y ejecutar un plan de acción, en un plazo de cuatro años que vence el 28 de julio de 2021, para asegurar la disponibilidad y accesibilidad a la educación de niños, adolescentes y mayores de edad, de extrema pobreza, empezando por los departamentos de Cajamarca, Amazonas, Ayacucho y Huancavelica. Asimismo, que le informe cada seis meses el avance de lo dispuesto en la sentencia.

Lima, 02 de junio de 2021