Notas de prensa

Lima - febrero 28, 2024

TC ORGANIZÓ CONVERSATORIO SOBRE “LA CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ DE 1812. PRECURSORA DEL CONSTITUCIONALISMO PERUANO”

El Tribunal Constitucional (TC), a través del Centro de Estudios Constitucionales (CEC), organizó el conversatorio constitucional y presentación del libro “La Constitución de Cádiz de 1812. Precursora del Constitucionalismo Peruano”, en la Sala de Audiencias del TC, en el tercer piso de la sede institucional de la avenida Arequipa n° 2720, en el distrito de San Isidro, en Lima.

En este certamen académico, realizado en la modalidad presencial y virtual, participaron el presidente del TC, magistrado Francisco Morales Saravia, el magistrado Pedro Hernández Chávez, el expresidente del TC, Ernesto Blume Fortini y el doctor en derecho Carlos Alberto Torres Caro, autor del libro «La Constitución de Cádiz de 1812. Precursora del constitucionalismo peruano». Entre los asistentes estuvo la vicepresidenta del TC, magistrada Luz Pacheco Zerga, entre otros exmagistrados del Poder Judicial, docentes, abogados y estudiantes universitarios.

Sobre la obra, el presidente del TC, magistrado Francisco Morales, destacó la algarabía que significó la promulgación de una Constitución, de raigambre liberal en plena monarquía absoluta, que permitió el tránsito a una monarquía constitucional. Destacó la estructura del libro por ser muy didáctica, presentar una síntesis histórica de los hechos más relevantes y un estudio introductorio, así como los documentos más importantes y el texto completo de la Constitución de Cádiz, que es una Constitución orgánica que privilegia el reparto de poderes y competencias. Acotó, que esta Constitución hace referencia al buen gobierno y la recta administración del Estado, siendo precursora del constitucionalismo peruano.

Por su parte, el magistrado Pedro Hernández afirmó que la Constitución de Cádiz representa un escaso esfuerzo por evitar enfrentar el proceso de independencia de algunos estados, leyendo muy bien el contexto que pasaba en América e intenta incorporar a estas colonias a España. Añadió que la obra busca vincular ese pasado con nuestra realidad constitucional, ya que los pueblos son lo que son debido a su historia.

En tanto, Ernesto Blume sostuvo que es muy importante para el Perú trabajar la creación de una cultura constitucional, una conciencia y un sentimiento constitucional, y de lo que significa la Constitución, los valores y principios, las instituciones y demás aspectos que comprende. Aseveró, que conocer la Constitución no es únicamente conocer el texto, sino la historia de las constituciones, la historia constitucional, por lo que esta obra rescata el esfuerzo que ha hecho el país para forjar su camino constitucional, porque la Constitución de Cádiz fue una constitución precursora de la república y del desarrollo constitucional del Perú.

Finalmente, el autor de la obra, doctor Carlos Torres Caro, aseguró que la historia constitucional de nuestra patria tiene que darle su lugar a la Constitución de Cádiz, porque eliminó el sistema de castas, eliminó el derecho divino de los reyes, implantando la soberanía popular, contemplado en el artículo 3, la soberanía reside esencialmente en la nación. También, estableció la separación de poderes, donde el rey ejecuta la norma, las cortes hacen la ley y los tribunales las aplican. Dispuso la educación universal en todos los pueblos y reconoció derechos fundamentales y acabó con la inquisición.

Además, abolió el tributo indígena, así como la tortura y estableció la rendición de cuentas de los funcionarios públicos y la libertad de imprenta, siendo la Constitución de Cádiz parte del constitucionalismo defensor, que ha dado camino a lo que hoy somos, una nación.

Lima, 28 de febrero de 2024

Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional