Notas de prensa

Lima - febrero 28, 2024

TC RECONOCE DERECHO DE PARTICIPACIÓN DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS EN DESARROLLO DE PROYECTOS QUE INVOLUCREN A SUS COMUNIDADES

El Tribunal Constitucional (TC) reconoció el derecho de participación de los pueblos indígenas, conforme al convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el desarrollo de los proyectos eléctricos o similares con estos grupos poblacionales, donde estén involucradas colectivamente.

El Colegiado precisó que es deber del Estado brindar información a los pueblos indígenas en la adopción de decisiones por parte de actores estatales acerca de medidas que afectan sus derechos o intereses por la tutela del derecho fundamental a la participación, y por el derecho especial y distintivo de la participación nativa.

«En esta línea, y en la medida en que el Estado desarrolle un proceso participativo que permita a las comunidades involucradas conocer el referido proyecto, éste gozará de un mayor nivel de legitimación en consonancia con la búsqueda de la paz social”, señala el fundamento 75.

Fue al declarar improcedente la demanda de amparo (Exp. N° 00151-2021-PA/TC), respecto a los pedidos de nulidad del contrato de concesión y de la Resolución Ministerial 213-2011-MEM-DM del Ministerio de Energía y Minas (Minem), porque se produjo la sustracción de la materia.

En la sentencia se señala que, la concesionaria no suscribió un contrato de concesión definitiva, toda vez que el Minem consideró que no cumplía con los requisitos establecidos en el artículo 25 de la Ley de Concesiones Eléctricas. Al no suscribirse el contrato, no se produjo la afectación a los pueblos indígenas y por lo tanto, no se ha vulnerado el derecho a la consulta previa.

La demanda fue interpuesta por la Organización Regional de los Pueblos Indígenas del Oriente (Orpio) y la Coordinadora Regional de los Pueblos Indígenas-SL (Corpi-SL) contra el Minem y Proinversión, indicando que las comunidades Kechwa Lamas, Shawi, Shiwilu, Quechuas del Marañón y Pastaza, Kandozi, Cocamas, Urarinas y Kucamas, de las regiones San Martín y Loreto, no fueron consultadas sobre la RM 213-2011-MEM-DM y el Contrato de Concesión de Sistema Garantizado de Transmisión del Proyecto “Línea de Transmisión 220 KV Moyobamba–Iquitos y Subestaciones Asociadas”.

Además, el TC exhortó al Congreso de la República a legislar sobre el derecho de participación de los pueblos indígenas en el desarrollo de los proyectos eléctricos o similares en sus comunidades.

Lima, 28 de febrero de 2024

Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional