El vicepresidente del Tribunal Constitucional (TC), magistrado Helder Domínguez Haro, fue uno de los expositores de la conferencia “Acontecimientos Constitucionales”, organizada por el Centro de Estudios Constitucionales (CEC) del TC y la Universidad Católica de Santa María (UCSM).
Abordó las situaciones específicas que causan lo que en el ámbito jurídico se denomina desconstitucionalización, fenómeno registrado en el país, caracterizado por un proceso de desmontaje, desmembración o de vulneración de la Constitución sin dictadura.
Previamente indicó que el próximo año en el Perú cumpliremos diez años con ocho presidentes de la República. Pero este no es un fenómeno de ahora. Ha pasado en el sistema judicial, del 2015 al 2020, donde hubo seis presidentes, en lugar de dos y otro a la mitad de su mandato. En tanto, en la Fiscalía de la Nación, entre el 2021 y el 2025, hubo seis fiscales de la Nación, en lugar de uno o dos.
En esa línea, indicó que la desconstitucionalización se registra al mismo tiempo que el constitucionalismo jurisprudencial, donde la ley es la principal fuente del derecho, complementada con la jurisprudencia de carácter vinculante.
El magistrado Domínguez afirmó que, a la par de la desconstitucionalización, hay una globalización de la Constitución o un constitucionalismo global. Agregó que tanto la globalización como la constitucionalización tienen como centro y eje a la persona. Es el derecho común de la humanidad.
Añadió que la Constitución tiene más de tres décadas y debe ser interpretada conforme al principio de preferencia de los derechos fundamentales. Mientras que en el ámbito jurisprudencial con el diseño constitucional, que se basa en un estado pluricultural o constitucional de derecho o un estado social de derecho, con una forma de gobierno presidencial parlamentarizado en el sistema político.
Enfatizó que en el país coexisten el control mixto o dual en el sistema constitucional, con un sistema económico social de mercado. Además de la presencia de tres órganos constitucionales en el sistema electoral.
Destacó que toda reforma es bienvenida por parte del legislador democrático, pero donde corresponda. Por ello, el Tribunal Constitucional no puede hacer las labores de un poder constituyente original. Acotó que, en caso de que no pueda ser interpretada la Constitución o tuviéramos otra opinión contraria, se puede utilizar un último recurso, que es la reforma constitucional.
Por otro lado, comentó que hace poco, cuatro tribunales constitucionales firmaron la Declaración sobre la Globalización de la Constitución, una serie de principios que tratan de rescatar la independencia y la imparcialidad de las cortes, tribunales o de las salas constitucionales de Colombia, Ecuador, Perú y Chile.
La conferencia “Acontecimientos Constitucionales” se realizó en la sede de la UCSM, en Lima, y contó además con las palabras de inauguración del decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UCSM, Marco Tulio Falconí Picardo. También participaron la presidenta del TC, magistrada Luz Pacheco Zerga; el expresidente del TC, Ernesto Blume Fortini; y el exmagistrado del Jurado Nacional de Elecciones, Raúl Chanamé Orbe. Al igual que el docente universitario William Oblitas Villalobos y el asesor jurisdiccional del TC, Omar Sar Suárez.
Lima, 5 de noviembre de 2025
Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional