El Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda de amparo interpuesta por el Procurador Público del Ministerio del Interior (Exp. Nº 03465-2012-PA/TC), y en consecuencia, nula la resolución expedida por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, que excluía del proceso penal a José Mejía Regalado, una de las personas vinculadas a Fernando Zevallos.
La cuestionada resolución de la Sala Suprema había declarado fundada la excepción de naturaleza de acción (que procede cuando los hechos no constituyen delito) a favor de Mejía Regalado en el proceso penal que se le sigue por el delito de tráfico de drogas en su modalidad agravada, sin haber admitido, actuado y valorado los medios de prueba referidos al video de las declaraciones sobre la actividad de tráfico ilícito de drogas que realizaba Fernando Zevallos; con lo que se le excluía del proceso a Mejía Regalado.
El Procurador Público del Ministerio del Interior interpuso recurso de nulidad, el que fue declarado improcedente, por lo que presentó recurso de queja excepcional invocando la violación de los derechos a probar y a la motivación debida de las resoluciones judiciales; no obstante, los jueces supremos emplazados declararon infundado dicho recurso mediante una resolución carente de motivación debida.
El Tribunal Constitucional ha destacado en reiterada jurisprudencia que el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales implica que los jueces expresen las razones o los motivos de su decisión; asimismo que exista congruencia entre lo pedido y lo resuelto y que por sí misma, exprese una suficiente justificación de la decisión, aun si esta es breve o concisa.
En el presente caso, el TC concluye que la resolución de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República no respetó el contenido mínimo del derecho a la debida motivación, pues no emitió pronunciamiento sobre uno de los principales fundamentos de la queja excepcional referido a la violación del derecho a la prueba al no haber admitido el medio probatorio (video) que habría ofrecido el Procurador del Ministerio del Interior en el proceso que se le sigue a Mejía Regalado por el delito de tráfico de drogas agravado, por lo que se declaró fundada la demanda de amparo.
Lima, 24 de agosto de 2013